¿Concejo o Consejo? |
Según definiciones de la Real Academia Española de la Lengua (RAE):
El Concejo municipal de Chillán votando una moción
|
concejo.
(Del lat. concilĭum ).
1. m. casa consistorial.
2. m. ayuntamiento (‖ corporación municipal).
3. m. municipio.
4. m. Sesión celebrada por los individuos de un concejo.
5. m. concejil (‖ expósito).
consejo.
(Del lat. consilĭum ).
1. m. Parecer o dictamen que se da o toma para hacer o no hacer algo.
2. m. Órgano colegiado con la función de informar al Gobierno o a la Administración sobre determinadas materias. Consejo económico y social, de Estado, de Universidades, escolar.
Concejo: del latín concilium , que significa concilio, reunión (o asamblea convocada ). Sus componentes son los “concejales” y el término se aviene con “ayuntamiento”, definido como “Corporación compuesta de un alcalde y varios concejales para la administración de los intereses de un municipio.” Esto le da un carácter colegiado para administrar. Claramente, los concejales no son asesores del alcalde ni consejeros.
Consejo : del latín consilium , que significa “ parecer o dictamen que se da o toma para hacer o no hacer algo” (de ahí los “consejeros”, aquellos que “aconsejan” o asesoran).
Reunión de un consejo escolar. |
Para finalizar digamos que el vocablo “Concejo” deriva del latín “ concilium vicinorum ”, que quiere decir “ reunión de vecinos ”, y se diferencia de “consejo”, que proviene de “ consilium ”, o sea el órgano que aconseja al Poder Ejecutivo.
Para entender realmente la diferencia entre uno y otro, más allá de si es con “s” o con “c” hay que pensar que el primero da idea de libertad y administración local. El segundo, por el contrario, da idea de sumisión al Ejecutivo.
Está en discusión que en realidad las dos palabras no tienen diferencias en la raíz o en su significado nada más que en su concepto histórico. De hecho las palabras suelen ir adecuando su significado por los usos y costumbres.
Fuentes Internet:
http://www.campanaargentina.blogspot.com/2006_09_01_archive.html