Recursos del Mar de Chile

Si entendemos que el territorio nacional no solamente corresponde a la posición continental, la presencia en el territorio antártico y la ubicación estratégica en el océano Pacífico a través de las islas esporádicas, este último punto demuestra un hecho singular: la situación jurídica y económica de Chile con respecto a su mar.

Los más de 7.000 kms. de costa que posee nuestro país, lo transforman en una potencia pesquera y marina de primer orden, lo cual hace que posea una exclusividad en la explotación de sus recursos, y por ende un derecho sustentado en la ley. En tal sentido, se reconocen dos aspectos importantes:

El mar territorial es la zona que comprende la costa y las aguas internas del Estado costero y la alta mar. El mar territorial es una zona marítima donde el Estado chileno tiene atribuciones completas. En un sentido proteccional, el mar territorial se encuentra reconocido por el Derecho Internacional por medio de la firma de la Convención del Mar Territorial de 1958.

Según lo anterior, la línea de base desde donde debe medirse el mar territorial es la línea de la marea baja a lo largo de la costa, hasta la distancia de doce millas marinas medidas desde las respectivas líneas de base. Del mismo modo, se reconoce también la existencia de un mar territorial alrededor de cada isla.

A este respecto, y tal como está citado en la Ley 18.565, del 23 de octubre de 1986, que estableció el nuevo artículo 593 del Código Civil, "El mar adyacente, hasta la distancia de doce millas marinas medidas desde las respectivas líneas de base, es mar territorial y de dominio nacional. Pero, para objetos concernientes a la prevención y sanción de las infracciones de sus leyes y reglamentos aduaneros, fiscales, de inmigración o sanitarios, el Estado ejerce jurisdicción sobre un espacio marítimo denominado zona contigua, que se extiende hasta la distancia de veinticuatro millas marinas, medidas de la misma manera".

2. Un segundo elemento de importancia lo constituye el mar patrimonial, que es la zona marítima en que se reconoce a los Estados que poseen costa la facultad de explotar sus riquezas. La existencia de este mar patrimonial es discutida, no siendo reconocida por ciertos estados. Sin embargo, se han generado ya algunos tratados internacionales que reconocen su existencia.

En nuestro caso, las dimensiones del mar patrimonial son fijadas por el Estado  hasta ciertos límites, llegando el máximo de dichas pretensiones hasta las 200 millas marinas. En tal sentido, por Decreto Nº‹ 346 de 1974 del Ministerio de Relaciones Exteriores se denominó a las 200 millas marinas Mar de Chile. E

n un sentido práctico, sobre el mar patrimonial, los estados costaneros poseen jurisdicción sobre los recursos naturales que se encuentren en las aguas, suelo y subsuelo marinos. El estado chileno tiene en esta zona el derecho exclusivo de explorar, explotar y conservar los recursos naturales. Del mismo modo, la potestad sobre el mar territorial es limitada, ya que en ella existe el derecho de libre navegación y todas las demás libertades en alta mar, a excepción de la libertad de pesca.

En un sentido jurídico, la Ley 18.565, del 23 de octubre de 1986, modificó el artículo 596 del Código Civil chileno, estableciendo que "el mar adyacente que se extiende hasta 200 millas marinas contadas desde las líneas de base a partir de las cuales se mide la anchura del mar territorial, y más allá de este último, se denomina zona económica exclusiva".

Privilegiada posición en el Pacífico Sur :

Considerando su posición longitudinal Chile ofrece ventajosas perspectivas en el desarrollo de rutas marítimas en la cuenca del Pacífico, estrechando así relaciones con el Extremo Oriente, región de gran importancia económica por su enorme volumen demográfico.

El ecosistema marino posee, al igual que en la tierra, recursos renovables y no renovables.  Son recursos renovables todos los organismos vivos que pueblan las aguas del mar, vegetales o animales.  Mientras que los recursos no renovables están representados por el potencial minero depositado en el fondo o subsuelo marino.

Ahora bien, desde un punto de vista económico, la posición privilegiada de nuestro país permite la explotación de diferentes especies marinas. éstas existen gracias a la presencia de una corriente marina rica en fitoplancton. La Corriente de Humboldt permite que la explotación pesquera sea diversificada. En tal sentido, se pueden destacar dos tipos de pesca:

La pesca artesanal, que se concentra en la V, VIII y X región, y se abastece de especies para el consumo fresco. Posee una gran importancia social, ya que muchas personas se dedican a dicha actividad.

La composición de la fauna marina es compleja en cuanto se refiere a sus características geográficas. Varios de los peces como el pez-espada, el pez-aguja, el dorado de alta mar, los peces voladores, tienen una amplia dispersión geográfica, ya que se encuentran en muchas partes del mundo. En cambio, algunas otras especies, como la sierra, la sardina, el congrio, el róbalo y el bacalao de Juan Fernández, existen sólo en otros mares del Hemisferio Sur.

Luego están los peces como la corvina, la cabinza, el blanquillo, que se encuentra sólo en las costas de Perú.  De esto se desprende que la composición de la fauna de Chile varía. en el Norte, Centro y Sur del país.  Sin desconocer que la base de la vida del mar la constituyen las plantas marinas que flotan en toda su extensión, formando el plancton vegetal marino o fitoplancton, que sirve de alimento a la mayoría de los peces del mar.

La pesca industrial posee mayor valor económico, pues muchos de sus productos se exportan a Japón y Estados Unidos. En las últimas décadas la explotación y exportación de algas hacia el oriente asiático ha cobrado gran importancia, debido a la utilización para la fabricación de cremas y cosméticos.

Fuentes:

"Apuntes de Historia de Chile"; Preuniversitario Cepech.; 1998.

Código Civil de Chile; Editorial Jurídica.

"Historia de las Fronteras de Chile"; Jaime Eyzaguirre; Editorial Universitaria.

Compilación: Profesor en Línea.