Roma: Expansión

La república de Roma: Italia sometida a Roma

Siempre complicado, el sistema o red de alianzas o de distintos grados de sumisión que los romanos reparten por Italia es siempre muy difícil de definir y no digamos de señalar sobre el mapa, aquí va un ejemplo, siempre superficial y sin entrar mucho en detalles.

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Entre los años 236 y 222 una sucesión de duras guerras contra los galos cisalpinos terminan con la sumisión de Insubros, Boyos y Sennones. Los Cenomanes son aliados de Roma.

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Entran en esta denominación las ciudades conquistadas a la fuerza y que disponen por ello del status de civitates stipendiariae están obligadas a pagar tributos. Otras ciudades se asocian con Roma mediante tratado, son las civitates foederatae , de las que existen varias clases o modelos. Hay ciudades que incluso pueden recibir el derecho de ciudadanía incompleto, civitas sine suffragio .En general disponen de guarniciones romanas (con prefecto)

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El territorio propiamente del pueblo romano, el Ager publicus , ampliado sucesivamente gracias a las confiscaciones hechas a los pueblos que generalmente más se han resistido a la expansión romana.

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Son los socii que disfrutan de la condición del ius Latii , comparten con los romanos todos los costos y riesgos que conlleva la expansión pero son considerados en Roma como extranjeros, peregrinii, ya que no poseen la civitas roman a. La lealtad es asegurada entregando precisamente a las oligarquías locales la ciudadanía romana.

Algunos son aliados, "socii"; otros tienen un pacto ("foedus") especial con Roma (raramente), firmado en pie de igualdad ("foederati"). Los pueblos no romanos son entendidos por Roma como compuestos por "civitates", análogas a Roma misma. A cada una se le asigna un estatuto jurídico determinado: excepcionalmente, se le concede la "civitas Romana". Un nivel privilegiado es conceder el "ius Latii", al modo de los antiguos aliados de la Liga Latina arcaica, que tendía a asimilarlos a los romanos cuando los latinos no romanos se trasladaban a Roma.

Otros niveles son los de "civitates liberae", "inmunes" o "stipendiariae", según la benevolencia de Roma. Casi todas conservan su legislación e instituciones, lengua y costumbres y renuncian a política exterior propia.

Según su grado de resistencia su territorio ("ager") es declarado por Roma, en todo o en parte, "ager publicus populi Romani" y se entrega, en ese caso, en "posessio" (no en "proprietas") a ciudadanos romanos. Estos repartos son decididos por la "nobilitas" (el Senado), cuyos miembros se lucran extraordinariamente de tales lotes, en detrimento del resto de la ciudadanía.

Las categorías de "municipium" y "colonia (civium Romanorum)" aluden a entidades cuyos habitantes libres son ciudadanos romanos. Los municipios o colonias "Latinorum" se benefician del "ius Latii" y sus oligarquías (miembros de los consejos municipales) adquieren la ciudadanía romana.

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Fuente Internet :

http://galeon.hispavista.com/satrapa1/articulos/Italia218.htm

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